Joaco Berrío, exgobernador de Bolívar, fue absuelto por la Corte Suprema
Según laFiscalía, Berrío debía responder penalmente porque siendo gobernador de Bolívar(2008-2009)se abstuvo de gestionar la entrega de 12.500 mercados y kits de aseo.
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al exgobernador de Bolívar Joaco Berrío Villareal, quien había sido llamado a juicio por prevaricato por omisión.
Según la acusación de la Fiscalía, que dio lugar a este proceso, Berrío debía responder penalmente porque siendo gobernador de Bolívar, en los años 2008-2009, se abstuvo de gestionar la entrega de 12.500 mercados y kits de aseo que habían sido adquiridos por la gobernación de su antecesor, Libardo Simancas, para atender a familias damnificadas por la ola invernal de 2007.
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En este caso, que completa más de 13 años, la Corte concluyó que no era posible exigirle a Berrío que entregara estas mercancías, debido a que no se podía dar por sentado que esos kits hubieran sido entregados por los contratistas, pues las actas de recibo que certificaban que esos elementos habían ingresado a las bodegas de la Gobernación eran falsas, hechos por los cuales varias personas fueron condenadas.
Hay que recordar que por este caso ya dos exfuncionarias de la Gobernación de Bolívar fueron condenadas, pues en los expedientes se indica que mintieron al certificar que los mercados habían sido entregados en su totalidad a finales de 2007, antes de que Berrío asumiera como gobernador, en el 2008.
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La Corte estimó que aunque es cierto que Berrío dejó pasar el tiempo sin acatar directrices, advertencias y órdenes de la Contraloría, Fiscalía y de un juez, para que entregara los mercados una vez fueron ubicados en unas bodegas privadas, “no es posible condenar al exgobernador por prevaricato por omisión, pues no se demostró que actuara con dolo, ni que su conducta fuera caprichosa, ya que era inviable entregar las mercancías, debido a que no había actas legales sobre la recepción de esos elementos”, aseguró la Corte.
“La postura del acusado se ajusta a aquella según la cual el delito no puede ser fuente de derechos, por eso, partiendo de la falsedad de las actas que recibió de las mercancías, no se podían derivar válidamente derechos de los contratistas, pues proceder a la entrega de los elementos que formalmente no ingresaron a la administración, sería avalar o cohonestar las irregularidades que mediaron en tal entrega de los insumos”, determinó la Sala Especial de Primera instancia.
- Con información de Colprensa