Judicial

JEP deberá responder con certeza a víctimas de El Nogal sobre si abre caso o no

El Tribunal de Paz señaló que se han vulnerado los derechos de los afectados al no tener claridad sobre si se creará o no una macroinvestigación por el atentado.

La JEP, vía tutela, amparó los derechos de las víctimas del atentado al Club El Nogal en Bogotá. Foto: Colprensa / ARCHIVO

La JEP, vía tutela, amparó los derechos de las víctimas del atentado al Club El Nogal en Bogotá. Foto: Colprensa / ARCHIVO(Thot)

La Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) vía tutela amparó los derechos de las víctimas del atentado al Club El Nogal en Bogotá, perpetrado por las extintas Farc en el año 2003 y el cual dejó decenas de muertos y cientos de heridos.

Los magistrados concluyeron que la Sala de Reconocimiento de la jurisdicción ha vulnerado las garantías de los afectados por cuenta de las demoras y extensiones unilaterales del plazo para definir su petición sobre si se abre o no un macrocaso por ese acto criminal.

Lo anterior, porque desde el 28 de agosto de 2019 las víctimas solicitaron a la Sala que se diera inicio a ese macrocaso (que sería el número ocho) con el fin de investigar a fondo todas las causas y responsables del atentado, pero dos años después y aunque se les han fijado plazos hasta de seis meses no los han cumplido, mientras que ellas siguen sin saber que pasará.

"...la ausencia de un cronograma claro que permite identificar una fecha tentativa de respuesta, se constituyen, indiscutiblemente, en un desconocimiento del principio de centralidad de las víctimas y, consecuentemente, del derecho al debido proceso", señala la decisión de la jurisdicción, conocida por La W.

Por ello, la Sección ordenó a esa sala que en un término de 10 días como máximo presente a las víctimas un cronograma en el cual les dé certeza sobre una fecha lo más exacta posible para dar respuesta a su petición, indicando que, aunque entienden la carga laboral de la Sala de Reconocimiento porque inició el estudio con miras a abrir nuevos casos, las víctimas no pueden estar en el limbo.

"...a partir de las explicaciones proporcionadas por la Sala, se desprende que no existe claridad suficiente en relación con los términos para resolver la petición de la demandante", indicaron.

Los magistrados además aclararon que la respuesta de fondo a la solicitud de abrir o no el caso no se puede extender más allá de dos meses luego de que la Sala de Reconocimiento cierre el nuevo plazo que otorgó a las víctimas para la entrega de informes, que culminará el 21 de marzo de 2022.

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