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Reforma a la justicia alinea responsabilidad fiscal a fallo de CIDH: Contraloría

La entidad destacó que el órgano de control fiscal podrá solicitar incidente de declaración judicial para ocupar cargos de elección popular.

Reforma a la justicia alinea responsabilidad fiscal a fallo de la CIDH: Contraloría . Foto: Colprensa

Reforma a la justicia alinea responsabilidad fiscal a fallo de la CIDH: Contraloría . Foto: Colprensa(Thot)

Julián Ruiz, vice contralor general de la República, indicó que la reforma a la justicia, aprobada ayer en su último debate en el Congreso, incluye cuatro importantes artículos que adecúan el ordenamiento jurídico en el tema de responsabilidad fiscal al fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso del exalcalde de Bogotá y hoy senador Gustavo Petro.

Recordemos que este fallo ordena adecuación del ordenamiento jurídico interno teniendo en cuenta la violación de cláusulas de la Convención Interamericana, que determina que la reglamentación o limitación de los derechos políticos debe darse por condena de juez penal competente, lo cual en la práctica equivale a que el derecho a ser elegido no puede ser limitado o anulado por parte de autoridades administrativas.

El ente de control también destaca que con la reforma se desarrolla trámite preferencial constitucional del control judicial a fallos con responsabilidad fiscal; y que la inhabilidad derivada de ser declarado responsable fiscal y no haber pagado la condena, no aplicará a los cargos de elección popular.

“Se abrevia el trámite del control jurisdiccional de las decisiones con responsabilidad fiscal, incluida la primera y segunda instancia. No podrá ser superior a un año”, resaltó el organismo. 

Y agregó que el órgano de control fiscal podrá solicitar incidente de declaración judicial para ocupar cargos de elección popular.

Asimismo, se podrá acudir a tal recurso cuando contra la decisión de responsabilidad fiscal no se hubiese interpuesto el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho en el término legal. También cuando el responsable fiscal no hubiese efectuado el pago correspondiente.

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