¿Cuántos días se deben otorgar por calamidad doméstica?
El derecho a esta licencia radica en la gravedad de la situación personal, de manera que sea razonable que el empleado se ausente del trabajo para atenderla.
A pesar de que el concepto de calamidad doméstica no se encuentra estrictamente definido en la legislación colombiana, esta se define bajo el entendido de una situación de fuerza mayor –desgracia o infortunio– como por ejemplo un accidente, una enfermedad o un desastre natural que impacta gravemente el entorno doméstico y familiar de la persona.
Por eso, la ley laboral establece que, ante una situación de este tipo, es preciso que justifique una ausencia del trabajo para poder atenderla. Son muchos tipos de calamidad los que pueden surgir, por lo que resulta complejo enumerarlos, contemplarlos y abarcarlos todos: en muchas ocasiones, es incluso un asunto subjetivo.
Debido a lo anterior, a falta de una regulación estricta, la definición y los alcances de aquello que se considera una "calamidad doméstica" dependen del empleado y el empleador al acordar una eventual ausencia por un motivo de este tipo.
- Le puede interesar: Estos son los cargos sujetos a excepciones de la jornada laboral máxima
Lo que sí contempla la ley, en el numeral 6 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, es que dicha calamidad doméstica grave es un derecho del trabajador y, al respecto, el empleador tiene obligaciones.
Así lo establece el mencionado artículo: "Son obligaciones del empleador: Conceder al trabajador las licencias necesarias (…) en caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada".
------------------------------
¿A cuántos días de licencia tengo derecho por calamidad doméstica?
Así como la legislación no define la calamidad doméstica, tampoco se indican el número de días que se deben otorgar por calamidad doméstica. Por eso, queda en manos del empleador definir estos días.
Así, se destaca la importancia de tener un acuerdo por escrito para establecerlo: reglamento de trabajo, pacto colectivo o contrato de trabajo, entre otros.