Las razones de la ANM para negar suspensión de operaciones de Glencore en Colombia
Según la entidad, la empresa no logró probar que las circunstancias alegadas fueran transitorias, pues no se puede considerar que cambien en el corto plazo.
La ANM (Agencia Nacional de Minería) respondió a las consultas de La W sobre el por qué negó la suspensión temporal de operaciones de Glencore en Colombia, lo que llevó a la empresa a renunciar a sus títulos mineros en el país.
Primero: aclaran que la carta enviada por la empresa se remitió al presidente Iván Duque cuando ya se estaba adelantando el proceso formal ante esta Agencia, entidad competente para resolver esa solicitud.
En contexto:
- Prodeco anunció que inició proceso para devolver sus títulos mineros en Colombia
- Glencore le envió carta al presidente Duque antes de la salida de Prodeco del país
Resumimos el caso y las razones de la ANM en una línea de tiempo:
1. Glencore hizo la primera solicitud de suspensión temporal de actividades el 27 de marzo de 2020, y teniendo como argumento la pandemia. A ello, la ANM concedió la suspensión el término en que duró el aislamiento obligatorio, esto es desde el 25 de marzo hasta el 31 de agosto de 2020.
2. Luego, en julio de 2020, la empresa volvió a presentar solicitud de suspensión de actividades, prevista en el artículo 53 de la Ley 685 de 2001, por cuatro años, aduciendo circunstancias de orden técnico y económico no constitutivas de fuerza mayor. Y ahí se empieza a complicar la situación: la ANM negó esa petición con Resoluciones del mes de agosto.
¿Por qué la negó? Porque los argumentos de Glencore no son nuevos, porque dice la ANM que la empresa conocía con suficiente antelación las condiciones de su operación y las asumió para plantear su plan anual de 2020 y, en ese sentido, no existe razón para no continuar con el cumplimiento de este documento técnico, más aún cuando su ejecución ya se ha visto retrasada en razón a la suspensión de obligaciones.
A lo que se suma que la norma exige que se configuren circunstancias transitorias, y según el análisis del caso hecho por la ANM, no se configura esa transitoriedad.
3. Después de eso, en septiembre de 2020, Glencore interpuso recurso de reposición contra los actos administrativos de la ANM, y solicitó la suspensión entonces por 18 meses. Recurso que resolvió la ANM de forma desfavorable para la empresa.
El argumento principal: la empresa no logró probar que las circunstancias alegadas tuvieran el carácter de transitorias, pues no se puede considerar que cambien en el corto plazo, lo que lleva a considerar que la opción viable no es una suspensión de actividades sino un replanteamiento del proyecto minero.
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¿Qué ha pasado desde entonces?
Prodeco solicitó a la ANM una reunión el 21 de diciembre, que se llevó a cabo el 28 de diciembre. En esa reunión los solicitantes pidieron tres meses de plazo para presentar el Plan de Trabajos e Inversiones, lo que acepta la ANM y entrega un plazo formal de 3 meses (hasta marzo).
Sin embargo, todo cambia: el 29 de enero Glencore pide una nueva una cita, otorgada para el miércoles 3 de febrero. Ese día la empresa anuncian que renunciará a los títulos mineros, lo cual oficializan el jueves 4 de febrero con la solicitud de renuncia a los derechos mineros de los títulos del Grupo en Colombia.
Tras ese anuncio y en la actualidad, la ANM se encuentra realizando la evaluación de la solicitud radicada con el objetivo de definir si es viable legalmente.
Ese proceso de evaluación incluye una revisión al cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales derivadas de los títulos mineros, entre las cuales se contemplan las obligaciones ambientales, sociales y económicas.