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Supertransporte abrió investigación contra importante sociedad portuaria del país

Según el ente de control y vigilancia, la sociedad portuaria no contaría con reglamentación de condiciones técnicas de operaciones.

La Sociedad Portuaria Península S.A.- Pensoport S.A. (Uríbia-La Guajira) presuntamente no cuenta con reglamentos de condiciones técnicas de operaciones portuarias. Foto: Supertransporte

La Sociedad Portuaria Península S.A.- Pensoport S.A. (Uríbia-La Guajira) presuntamente no cuenta con reglamentos de condiciones técnicas de operaciones portuarias. Foto: Supertransporte(Thot)

En su más reciente pronunciamiento, la Superintendencia de Transporte manifestó que encontró méritos para abrir investigación en contra de la Sociedad Portuaria Península S.A.- Pensoport S.A. (Uríbia-La Guajira), presuntamente por no contar con reglamentos de condiciones técnicas de operaciones portuarias.

Lo anterior, luego de recibir información por parte de la Administración Temporal del Sector Salud del Departamento de la Guajira y de la Capitanía de Puerto de Puerto Bolívar, en la cual se expuso la preocupación de las autoridades debido a que el puerto no cuenta con un protocolo para la aplicación del Reglamento Sanitario Internacional (RSI 2005), ni un plan de emergencia y contingencia ante eventos de interés en salud pública.

El ente de control y vigilancia, aseguró que la situación de la Sociedad Portuaria Península S.A.- Pensoport S.A., se evidencia debido al estado de la infraestructura del muelle y las condiciones en que se opera.

Dentro del informe también se expuso que el cargue y descargue de la mercancía que llega a Puerto Nuevo, es realizado de manera manual por miembros de la comunidad Wayúu y que no se cuenta con elementos de bioseguridad para la realización de dicha actividad, pues los habitantes de la zona están en contacto directo con los tripulantes de las embarcaciones.

Para el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, “los puertos son puntos clave para el desarrollo económico de nuestro país, por lo tanto, deben cumplir con la toda la normatividad para garantizar la seguridad de los empresarios, la debida y adecuada prestación del servicio público portuario a los usuarios y la salud pública para todos los ciudadanos”.

La Supertransporte aseguró que teniendo en cuenta lo anterior, la Dirección de Investigaciones de la Delegatura de Puertos inició investigación y formuló pliego de cargos por presuntamente: (i) haber realizado operaciones portuarias sin contar con un Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación, (ii) no dar cumplimiento estricto al requerimiento hecho por esta Superintendencia, y (iii) no contar con un protocolo para la aplicación del Reglamento Sanitario Internacional (RSI 2005) y con un plan de emergencia y contingencia ante eventos de interés en salud pública.

En caso de ser encontrada responsable, la Sociedad Portuaria Península S.A. - Pensoport S.A., podría ser multada hasta por el equivalente a 35 días de ingresos brutos del infractor, calculados con base en sus ingresos del mes anterior a aquel en el cual se impone la multa. Asimismo, el proceso puede culminar con orden de suspensión temporal de actividades o la intervención del puerto. 

Contra la decisión de apertura de investigación y formulación de pliegos de cargos, no procede recurso alguno. Se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa. Se precisa que el procedimiento sancionatorio iniciado se realizará de conformidad con lo establecido en la ley.

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