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Cámaras de fotomultas no desaparecen: presidente de la Corte Constitucional

El presidente del alto tribunal, Alberto Rojas Ríos, indicó en La W que se debe analizar hasta dónde se puede producir o no una matización o modificación a la decisión de 2006.

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En las próximas dos semanas, la Corte Constitucional adoptará una decisión clave frente al aborto en el país. Foto: Alberto Rojas Ríos

Las fotomultas seguirán siendo un instrumento que servirán para la seguridad del conductor. Así lo dijo en diálogo con La W el presidente de la Corte Constitucional, el magistrado Alberto Rojas Ríos, quien explicó que la reciente decisión del alto tribunal simplemente le pide al Congreso aclarar la norma sobre las fotomultas que en la actualidad es ambigua.

El magistrado se refirió a la decisión de la Corte Constitucional al tumbar un parágrafo de la norma que reglamentó la aplicación de fotomultas, concretamente la ley 1843 del 2017. Esta decisión estableció que en Colombia, si una persona presta su carro a un amigo y ese amigo es detectado por una cámara de seguridad mientras excede los límites de velocidad fijados por la ley, el dueño del automotor ahora no tendrá por qué responder por ese delito. Explicó el magistrado que la norma es ambigua porque no explica si la solidaridad tiene que ver solamente con lo económico.

“Esto ha girado entre la confusión y el rumor, porque se cree que la Corte está orientada a que no existan las fotomultas (…) eso es falso, fotomultas son un instrumento para el control de las infracciones. La pregunta de la Corte es hacia dónde se dirige la responsabilidad (…) al ocurrir una infracción, estaría solidariamente comprometido el propietario del vehículo”, aclara el magistrado.

De esta manera, explica Rojas Ríos que las cámaras no desaparecen, pues “la Corte ha estado salvaguardando el debido proceso del titular del vehículo”.

“Una persona conduciendo un vehículo ajeno incurre en una infracción, conforme a la norme estaría involucrado el titular o dueño del vehículo. Sin embargo, qué pasará cuando dicha infracción se repita en menos de seis meses, pues se suspendería injustamente la licencia al propietario del vehículo. Eso es lo que para la Corte es ambiguo”, concluyó al respecto.

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DECISIÓN SOBRE EL ABORTO

En las próximas dos semanas, la Corte Constitucional tomará una decisión clave frente al aborto en el país al evaluar una demanda de la abogada Natalia Bernal Cano.

La demandante pidió al alto tribunal tumbar las tres causales bajo las cuales, desde el 2006, es permitido interrumpir voluntariamente el embarazo. De esta manera, Bernal Cano quiere eliminar esas causales (riesgo para la vida o salud de la madre, malformación del feto y violación) para que se penalice el aborto en todos los casos.

El magistrado Rojas Ríos manifestó que el debate “está planteado como lo trajo la demandante y la Corte debe analizar hasta dónde podemos producir o no una matización o modificación de lo que se dio en la sentencia de 2006”.

Agregó el magistrado: “el plazo límite para la interrupción del embarazo no es competencia nuestra, queda en el campo meramente científico”.

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