¿Por qué no es ilegal, a pesar de ser cruel, los despidos masivos del FNA?
La mayoría de los empleados que trabajan para el Fondo Nacional del Ahorro no están vinculados a la institución bancaria dependiente del Ministerio de Vivienda.
En las últimas semanas varias personas han reportado a través de sus redes sociales que han sido despedidos por parte de las directivas del Fondo Nacional del Ahorro. Muchas de ellas aseguran que llevaban más de cinco años vinculadas a la entidad pública.
La institución bancaria dependiente del Ministerio de Vivienda, cuenta con una gran planta de empleados, de los cuales 293 son empleados de planta y 1.142 trabajadores en misión. Practica que se viene haciendo desde el 2007 en el FNA.
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Los funcionarios cada seis meses tienen que renovar su contrato, lo que significa que si dentro de este tiempo la temporal quiere prescindir del trabajador, lo podrá hacer sin importar el tiempo que en realidad ha entregado el funcionario a la empresa.
“Llevo aproximadamente 5 años en el FNA y en este tiempo he cambiado de temporal 3 veces. Con la última que es S&A Servicios y Asesorías S.A.S llevó desde finales 2015”, aseguró una de las trabajadoras que fue despedida recientemente de la entidad bancaria.
Un empleado de una temporal no cuenta con los mismos privilegios de un funcionario que está vinculado a una empresa. “Hace cuatro años estoy trabajando para el Fondo, y lo único que he tenido como vacaciones son solo tres días de descanso, en diciembre, que son compensados un mes antes trabajando una hora más”, afirmó un trabajador del FNA.
Un exfuncionario del FNA aseguró que durante todo el tiempo que trabajó con la Temporal, nunca le hicieron un aumento en su salario, a pesar que sí incrementó su carga laboral.
“Muchas veces nuestra jornada comienza a las 6 o 7 de la mañana y puede terminar a las 8 o 9 de la noche y por la cantidad de trabajo que tenemos resultamos trabajando en nuestras casas por un poco más de un salario mínimo”, replicó el exfuncionario.
La presidenta del Fondo Nacional del Ahorro (FNA), María Cristina Londoño Juan aseguró que tras el cambio de la empresa de servicios generales, se prescindió de algunos de los funcionarios. "Desde el 12 de noviembre, el FNA cuenta con los servicios de la empresa temporal Serviola, quien adelantó un proceso de selección y contratación y que a la fecha ha vinculado a 1142 personas con procesos de contratación aún vigentes. 205 trabajadores en misión que venían prestando sus servicios a través de la temporal anterior no fueron tenidos en cuenta para el proceso actual por diferentes razones, como las necesidades del servicio y el análisis del perfil".
Según lo que se establece en el Artículo 63, la tercerización en Colombia no es permitida, a menos que las responsabilidades del empleado no corresponda con la el objeto social de la empresa. Sin embargo, las personas que fueron despedidas cumplían a cabalidad con funciones directas del FNA.
“ARTÍCULO 63. CONTRATACIÓN DE PERSONAL A TRAVÉS DE COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO. El personal requerido en toda institución y/o empresa pública y/o privada para el desarrollo de las actividades misionales permanentes no podrá estar vinculado a través de Cooperativas de Servicio de Trabajo Asociado que hagan intermediación laboral o bajo ninguna otra modalidad de vinculación que afecte los derechos constitucionales, legales y prestacionales consagrados en las normas laborales vigentes”.
W Radio consultó al abogado laboralista, Porfirio, quien aseguró que muchas veces una persona por la necesidad de obtener un trabajo se vincula a una empresa de servicio temporal que no le brinda las garantías correspondientes, sin embargo, no significa que el empleador no esté haciendo algo ilegal.
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“Hay empresas que contratan por Cooperativas de Trabajo Asociado o Empresa de Servicio Temporal, pero tienen las fábricas que le proveen el propio personal, lo que es una práctica ilegal porque están disfrazando como si fueran el proveedor”. Añadió que tener la mayoría de su planta de trabajadores por medio de una temporal, como es el caso del FNA, “es una violación de los derechos de los empleados”. Y que las empresas que continúan con esta práctica, lo único que quieren es “burlarse de las garantías de los trabajadores”.
Londoño Juan añadió que para garantizar la atención a todos los usuarios se necesita contar con una empresa temporal. "La planta del FNA está aprobada por decreto desde el 2002, desde esa fecha el Fondo Nacional del Ahorro ha crecido en su operación de manera considerable, y para garantizar la atención de sus más de 2.3 millones de afiliados, ha requerido la contratación de una empresa de servicios temporales que soporte la operación".