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Procuraduría formula pliego de cargos al representante Hernán Estupiñán

Cuestionó a Estupiñán Calvache por presuntamente no haber adelantado la supervisión del trabajo realizado por los miembros de su UTL entre noviembre de 2016 y mayo de 2018.

La Procuraduría formuló pliego de cargos al representante Hernán Gustavo Estupiñán por presunta omisión en la vigilancia y seguimiento a las actividades de su UTL. Foto: Colprensa

La Procuraduría formuló pliego de cargos al representante Hernán Gustavo Estupiñán por presunta omisión en la vigilancia y seguimiento a las actividades de su UTL. Foto: Colprensa(Thot)

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al representante a la Cámara por Nariño, Hernán Gustavo Estupiñán Calvache, por presunta omisión en la vigilancia y seguimiento a las actividades que desarrollaba el personal adscrito a su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL).

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El Ministerio Público le cuestionó a Estupiñán Calvache el presuntamente no haber adelantado entre noviembre de 2016 y mayo de 2018 la supervisión del trabajo realizado por los miembros de su UTL. Estos, al parecer, adelantaron en Nariño diversas actividades en beneficio del congresista sin que se hubiera constatado los soportes o respaldos entregados, más allá de la certificación de labores a satisfacción que se habría emitido como soporte para que los funcionarios recibieran su remuneración.

Por estos hechos, el ente de control calificó provisionalmente la conducta investigada como constitutiva de falta disciplinaria grave cometida a título de culpa grave, pues como directo responsable del manejo y control de su UTL, Estupiñán Calvache tendría la obligación de vigilar las actividades que desarrollaba su equipo de trabajo.

Al disciplinado le asiste el derecho de presentar descargos y solicitar o aportar pruebas conducentes a su defensa dentro del término de diez (10) días.

Además una vez se corroboró que no habría incidencia del congresista en el recaudo probatorio o en la eventual reiteración de la conducta, se determinó innecesaria la prórroga de la suspensión en el ejercicio del cargo, impuesta hace tres meses como medida cautelar.

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