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Ejército podrá incorporar como soldados profesionales a casados y con hijos

La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó el literal C del artículo 3 deldecreto 1793 de 2000, el cual establece los parámetros para incorporar soldadosen el país.

Ejército podrá incorporar como soldados profesionales a casados y con hijos. Foto: Colprensa

Ejército podrá incorporar como soldados profesionales a casados y con hijos. Foto: Colprensa(Thot)

Al resolver una demanda de constitucionalidad en contra del decreto 1793 de 2000 el cual establece los parámetros para el ingreso de los soldados profesionales, la sala Plena de la Corte Constitucional estableció que se podrán incorporar al ejercito los mayores de 18 años y menores de 24 que tengan hijos e incluso que cuenten con una unión marital de hecho..

Según establecía el literal C del decreto, debían ser solteros y sin hijos, sin embargo tumbó dicha disposición:

INCORPORACION DE LOS SOLDADOS PROFESIONALES. 

ARTÍCULO 3. INCORPORACION. La incorporación de los soldados profesionales a las Fuerzas Militares de Colombia, se hará mediante nombramiento por orden de personal de los respectivos Comandos de la Fuerza, atendiendo a las necesidades de la fuerzas y a la planta de personal que haya sido aprobada por el Gobierno Nacional.

ARTÍCULO 4. REQUISITOS PARA INCORPORACION. Son requisitos mínimos para ser incorporado como soldado profesional:

a) Ser colombiano.

b) Inscribirse en el respectivo Distrito Militar.

c) Ser soltero, sin hijos y no tener unión marital de hecho.

d) Ser mayor de 18 años y menor de 24 años.

e) Acreditar quinto grado de educación básica o en su defecto presentar ante el Comando de la Fuerza un examen de conocimientos básicos.

f) Ser reservista de primera clase de contingente anterior o último contingente y presentar certificado de buena conducta expedido por el Comandante de la Unidad a la cual perteneció; o ser reservista de primera clase de contingentes anteriores a los dos últimos o de segunda o tercera clase que se encuentre en condiciones de recibir un entrenamiento especial.

g) Reunir las condiciones psicofísicas de acuerdo con las disposiciones legales vigentes para el personal de las Fuerzas Militares.

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