Corte aprueba habeas corpus para exguerrilleros que no logren su libertad por amnistía
El decreto explica que los trámites para las libertades condicionales y las amnistías que sean solicitadas no pueden demorar más de diez días en ser resueltos.
La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró exequible el decreto 700 de 2017, que permite a guerrilleros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc) y agentes del Estado presentar recursos de “habeas corpus” cuando se hayan presentado demoras o dilaciones injustificadas en el trámite de las libertades condicionales que solicitaron en el marco de la Ley de Amnistía.
El decreto explica que los trámites para las libertades condicionales y las amnistías que sean solicitadas no pueden demorar más de diez días en ser resueltos.
En ese sentido, cuando se exceda ese tiempo, ahora se podrá interponer un habeas corpus, que es una solicitud de libertad a fin de “facilitar y asegurar la implementación y el desarrollo normativo del Acuerdo Final” con las Farc.
“Es necesario y urgente introducir una regla normativa que clarifique la posibilidad de hacer uso de la acción de habeas corpus, como manifestación de la garantía constitucional y legal de las personas, en caso de eventuales omisiones o dilaciones injustificadas en el trámite de las solicitudes de libertad en el marco de lo previsto en el Acuerdo Final y sus desarrollos normativos”, dice el documento.