ICBF critica concepto de la Corte Suprema de Justicia sobre pornografía infantil
Karen Abudinén se refirió en W Fin de Semana al fallo que plantea que "no se pueden criminalizar los desnudos y poses sugestivas que no tengan un contexto lascivo".
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ICBF critica concepto de la Corte Suprema de Justicia sobre pornografía infantil
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Para el Icbf y contrario a lo que dijo la Corte Suprema de Justicia, fotos o videos de menores de edad en poses eróticas sí configuran este delito. Foto: Colprensa
En días pasados, la Corte Suprema de Justicia emitió un fallo en el que plantea que “no se pueden criminalizar los desnudos y poses sugestivas que no tengan un contexto lascivo”.
Ante esto, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en cabeza de Karen Abudinén, criticó la decisión y aseguró que los contenidos alojados internet que demuestren poses eróticas en menores de edad sí son considerados como “pornografía infantil”.
En diálogo con W Fin de Semana, Abudinén advierte que es necesario que la Corte revise el fallo, ya que en el caso de la menor que lo originó, a ella le pagaron dinero por estas imágenes. “Hay que ver cada caso en particular y habría que analizarlo según el contexto (…) así lo determinan las convenciones internacionales. Hay que ver, por ejemplo, si un catálogo de ropa interior configuraría o no un caso de pornografía infantil”, precisó.
Cabe recordar que, de acuerdo con la Ley 679 de 2009 y de la mano con los criterios internacionales, se advierte que estas representaciones pornográficas en menores están dedicadas a actividades sexuales explícitas donde evidencien las partes íntimas de los niños.
Así, para el Icbf, la pornografía infantil es la peor clase de violencia contra los niños y adolescentes, vulnerando sus derechos y exponiéndolos a riesgos como la “sextorsión”.
(Escuche: Preocupación de Red Papaz tras el fallo de la Corte Suprema sobre pornografía infantil)